En Argentina, casi dos millones de familias viven bajo techos que no son propios. El porcentaje de personas que alquilan viviendas en nuestro país es bastante alto respecto al resto de la región y tiene que ver principalmente con que muchas veces se hace inalcanzable el anhelo de la casa propia por motivos económicos.
Por ende, si sos uno de los tantos que alquila casa o departamento, tenés que estar al tanto de lo que significa un contrato de alquiler y de cuáles son tus obligaciones y derechos como inquilino para no terminar pagando de más.
En este SeguridadNews, te damos los tips más importantes a tener en cuenta si estás por alquilar o renovar:
Acá podrás leer:
#A la hora de reservar
Si después de visitar y conocer varias casas o departamentos finalmente tomaste tu decisión, el dueño o el agente inmobiliario te pedirán un dinero por adelantado a modo de asegurarte el inmueble hasta finalizar el proceso de papeleríos. Abogados que han formado parte de procesos judiciales entre locadores y locatarios aconsejan que el papel que firmás al momento de entregar ese adelanto incluya la palabra “seña” y no “reserva”. El concepto de seña está contemplado dentro del Código Civil, por lo que si la operación no llega a buen puerto y finalmente no te mudás a ese inmueble, deben devolvértela indefectiblemente. En cambio, si firmaste una reserva, podés tener problemas a la hora de recuperar ese dinero si el contrato no termina firmándose.
#Dinero para ingresar al inmueble
Ya sea que alquiles a través de un estudio inmobiliario o de un contrato directo con el dueño, el ingreso a tu nuevo hogar — o comercio — requerirá de una suma de dinero que oscila entre el valor de dos a cuatro meses de alquiler.
En general son las inmobiliarias las que cobran las famosas comisiones, aunque hay casos en que los dueños de los inmuebles también lo hacen. Es muy importante saber que un reciente fallo judicial le puso un tope a esa comisión: no puede exceder el 4.15% del precio total del contrato. Como éste habitualmente es por 24 meses, se puede decir que la comisión que te cobran no puede ser de más de un mes.
Antes de mudarte también reservá dinero para pagar el primer mes de forma adelantada y el equivalente a otro mes (en casos muy puntuales requieren dos meses) en concepto de depósito. Esto último es una garantía que se reserva el dueño del inmueble en caso de que algo le suceda a la infraestructura y que sea responsabilidad directa del inquilino. Si al momento de finalizar el contrato el bien está en las mismas condiciones en que fue entregado, ese depósito debe ser devuelto al locatario.
Vale aclarar que cuando hablamos del “mes de depósito” o “mes de comisión”, no necesariamente se trata de lo que te costaría el alquiler en los primeros treinta días del contrato: suele hacerse un promedio de lo que pagarás entre el primer y el último mes y esa es la suma que se toma en cuenta.
Finalmente, los gastos de informe de la garantía y la certificación de las firmas ante escribano público (la tuya y la del garante) también corren por cuenta de quien alquila.
#Duración de los contratos
No pueden firmarse contratos por menos de dos años de extensión, ya sea que el inmueble se alquile para vivienda o para comercio. Actualmente, algunas organizaciones que se crearon en Buenos Aires en defensa de los inquilinos están luchando para que el lapso se extienda a tres años.
#Garantías
No hay ninguna ley ni ordenanza que indique que tengas que tener una garantía ni que el inmueble que actuará de garante deba estar domiciliado en la misma localidad que el que se alquilará. Sin embargo, los dueños o las inmobiliarias suelen pedir este último requerimiento para facilitar los trámites de comprobación de existencia y de libertad de deudas o embargos.
Capital Federal es el recinto en el que más difícil puede resultar alquilar si no se cuenta con un garante ubicado allí. Si sos de alguna otra parte del país o del exterior, puede ayudarte presentar un certificado de antecedentes firmado por un locatario anterior y también certificados de ingresos de los últimos meses.
Como se dijo anteriormente, los gastos por las averiguaciones de la garantía debe afrontarlos en inquilino.
#Finalización o renovación de contrato
Si transcurridos los dos años decidís no renovar, el día de cierre de contrato debés devolver las llaves del inmueble. Si esto sucede, también corresponde que la otra parte te devuelva el dinero del depósito tras una inspección inmediata de la casa o departamento.
En cambio, si el inmueble cumplió con tus expectativas y se arregla una renovación de contrato, el único dinero extra que deberás pagar es el de la actualización del mes de depósito. Además, es prácticamente seguro que el precio del alquiler mensual subirá entre un 20 y un 35%. Finalmente, deberán hacerse nuevamente averiguaciones sobre el bien que sale como garante.
#Seguros
Al igual que sucede con la garantía, nadie obliga tampoco a que vos o el dueño de la propiedad paguen un seguro de hogar, sea cual sea la cobertura. Sin embargo, hay casos (principalmente cuando el acuerdo de alquiler lo maneja una inmobiliaria) en los que la parte locadora exige que el locatario contrate un seguro contra incendio.
Vos como inquilino, ¿tuviste algún problema con tu contrato? ¿Qué recomendaciones haces a partir de tu experiencia? Compartí tu historia con nosotros y no dudes en dejarnos tus consultas y comentarios.
Por otro lado, si alquilas un inmueble o sos propietario de uno y te interesa conseguir un seguro, en SeguroHogar tenés las mejores opciones para tu mayor beneficio. Haciendo click acá podés cotizar tu casa o departamento y conocer las alternativas que tenemos para vos.